¿Qué es el MCP?
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Impulsemos juntos la investigación y docencia de nivel internacional
El Modelo de Categorías de Profesores es un sistema de evaluación que reconoce el mérito académico de los profesores de la Universidad Panamericana.
Consolide
Su plan de carrera dentro de la Universidad
Genere
Un cambio social para nuestro país
Promueva
El desarrollo de la Universidad
Hágalo
De manera voluntaria y paulatina
El Modelo impulsa y reconoce el desarrollo humano y la proyección social, académica y científica de los profesores; estimula la docencia realizada con calidad, rectitud y espíritu de servicio; motiva la asesoría universitaria para personalizar el proceso educativo; impulsa, con el Plan de Carrera Académica, la formación en áreas humanísticas, didácticas, lingüísticas y de innovación y tecnología educativas; y promueve el desarrollo y prestigio de la Universidad.
01
Qué se evaluará
PASO 1
¿Qué se evaluará?
El MCP reconoce y valora tu trayectoria en dos
rutas de desarrollo académico.
02
Quién evaluará
PASO 2
¿Quién evaluará?
Comités especializados evalúan su expediente con base en los criterios del Modelo.
Integrantes del CICP
Comité Institucional de Categoría de Profesores
03
Cómo se realiza
PASO 3
¿Cómo se realiza el proceso?
Conozca las etapas del proceso, desde la postulación hasta el dictamen final.
Reglamento
Reglamento
Este entrará en vigencia a partir de la convocatoria 2027
Documentos
Documentos y recursos
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FAQs
Preguntas frecuentes
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Se refiere a los dos últimos semestres inmediatos anteriores a la presentación de su postulación. Por ejemplo, si su postulación se presenta entre agosto y diciembre 2021, se deben incluir las evaluaciones de los semestres agosto a diciembre 2020 y enero a mayo 2021 (incluyendo verano e invierno si es el caso). Si la postulación se presenta entre enero y febrero de 2022, se incluirán las evaluaciones de los semestres enero a mayo 2021 y agosto a diciembre 2021 (incluyendo verano e invierno si es el caso).
Efectivamente, no podrá aplicar.
No, solamente se considerarán postulaciones que incluyan evaluaciones de asesorías universitarias en los dos semestres inmediatos anteriores a su postulación. Con ello se busca que nuestros profesores tengan continuidad en este rol.
No puede quedar exento del requisito de la asesoría universitaria para poder presentar su postulación al Modelo. Se recomienda acercarse a su Departamento para que le oriente sobre cómo conseguir asesorados en otras áreas que lo necesiten como apoyo. Adicionalmente, también se sugiere pedir apoyo a través del Secretario Académico de su Escuela o Facultad.
Como se indica en la nota al pie de la Tabla 1, este porcentaje equivale a un mínimo de 2 asesorados por semestre.
Si.
Deberán ser presenciales.
Sólo se contabilizan las horas curriculares y extracurriculares que sean reconocidas por escrito por una institución universitaria.
Efectivamente, siempre y cuando esa capacitación a profesores esté relacionada con el área de conocimiento y sea demostrable por escrito.
Deberá presentar la evidencia de haber obtenido 550 puntos en un examen TOEFL, o su equivalente en otros idiomas.
El número mínimo de horas clase a la semana a impartir es de 15. Si consideramos una hora de preparación de clase por cada hora frente a grupo a la semana, esto equivale a 30 horas a la semana dentro de la carga horaria de un profesor.
La valoración de este rubro sólo se contabiliza una vez sin importar la cantidad o frecuencia con la que se realicen las revisiones para un periodo de evaluación y sin importar si fueron en una sola revista o en varias (ver Tabla 2 del Reglamento con Énfasis en la Investigación).
Se incluirán aquellas revistas que edite la UP siempre y cuando estén indexadas en los índices a que hace mención en la Tabla 2 del Reglamento con Énfasis en la Investigación.
Actualmente solo se consideran las revistas indexadas en Scopus, en los índices de Web of Science que se indican en el Reglamento y los índices selectivos Scielo, Redalyc e Índice Mexicano de Revistas del Conacyt.
Efectivamente este índice no está considerado.
En el Anexo 1 VIGENTE, no solo son consideradas las Editoriales Universitarias que se mencionan explícitamente en el listado del Anexo 1 (e.g., Universidad Autónoma del Estado de México con 300 puntos), sino que también se consideran a todas las editoriales universitarias en general con una valoración de 200 puntos. En el Anexo 1 aparecen como “Editoriales Universitarias en General”. En el Anexo 1 NUEVO, las revistas son valoradas de acuerdo al lineamiento.
No, el nombramiento del SNI es un reconocimiento a la labor de investigación, no un premio como tal.
Efectivamente, es factible que tenga más puntos de los necesarios para ingresar a una determinada categoría. No es suficiente cumplir sólo con el puntaje, además hay que cumplir con los requisitos mínimos exigibles para cada categoría.
Se tomarán en cuenta los artículos que estén publicados y que la revista donde se publicó se encuentre en los índices señalados en el Reglamento. No se tomarán en cuenta los artículos solo aceptados.
Precisamente una de las motivaciones de este Modelo es estimular la investigación en todos los frentes de la universidad. El Modelo prevé que se incentiven a las diferentes áreas académicas para la generación de algunas prácticas que hoy están poco alentadas y que el Modelo irá animando, como ejemplo, la creación de programas de posgrado de investigación, la participación en grupos de investigación, etc. Cuando no exista un programa doctoral propio, se sugiere buscar la posibilidad de poder dirigir tesis en otras universidades. Para ello, se sugiere dirigirse con su Secretario de Investigación, quien podrá brindar apoyo en este sentido.
Actualmente el Modelo considera la publicación de un artículo en memoria de congreso o conferencia de carácter internacional indexado en Scopus o Web of Science (Tabla 2, Derivados de la Investigación, rubro No. 3), así como la organización de un evento (congreso, coloquio, simposium) de carácter científico en donde se presenten trabajos inéditos de investigación (Tabla 2, para la Divulgación del Conocimiento, rubro No. 1).
No se considera que la pertenencia a Grupos de Investigación sea análoga a la categoría de “premios”.
Efectivamente, si no se cumple con los requisitos de una categoría superior, se deberá considerar la postulación en una categoría menor, siempre y cuando se cumpla con lo exigido para la categoría inferior.
Se refiere a las reseñas bibliográficas elaboradas por un profesor a obras de otros autores.
No están contemplados los pre-dictámenes.
Efectivamente, solo se valoran tesis concluidas y defendidas.
La tesina no se considera como un producto de investigación.
Se refiere al autor que lleva a cabo la correspondencia con el editor de la revista; hemos encontrado que en la mayoría de los artículos científicos se indica explícitamente quién es un autor corresponsal. En el caso de que la revista no indique explícitamente quién es el autor corresponsal, situación que sucede en algunas revistas, el profesor postulante deberá presentar una evidencia, normalmente una carta por parte del editor de la revista, de que fue quien llevó la correspondencia con la revista durante el proceso de presentación del artículo y de aceptación del mismo.
Debe estar titulado. La evidencia deberá ser el título, acta de examen de grado o una constancia del Departamento de Humanidades que avale su titulación por rendimiento académico.
Deberá avalar su titulación a través de cualquiera de las opciones mencionadas en la pregunta anterior.
Cada campus, vía el Instituto de Humanidades, decidirá sobre las revalidaciones correspondientes. La EAE/EAF constituye una formación esencial para nuestros profesores.
Los profesores de la EAE/EAF podrán revalidarla, siempre y cuando esté avalado por escrito por el Instituto de Humanidades.
Se puede revalidar siempre y cuando lo autorice por escrito el Instituto de Humanidades.
Con respecto a la EAE/EAF, cada Escuela o Facultad decidirá sobre el orden y prioridad de candidatos al programa cada año. La Universidad ha comenzado a ampliar estos programas de acuerdo a las capacidades de cada campus. En lo referente a los cursos de tecnología educativa y didáctica educativa, pueden tomarse fuera de la Universidad.
Se sugiere indicar a qué categoría aspira. Se adjunta un link de un simulador orientativo que le ayuda a evaluar o calcular sus puntos.
El Modelo no contempla a los profesores de PrepaUP.
Se puede no aceptar la categoría asignada después de la dictaminación. Considerar que sus productos podrían no ser considerados en un futuro si pasa el tiempo para una determinada ventana de observación.
Efectivamente, el Modelo convoca a profesores de tiempo completo, es decir, que cumplan con una jornada laboral de 40 horas semanales. No está previsto incorporar profesores de tiempo parcial.
Sí se puede cambiar de énfasis. Sin embargo, se tendrán que respetar el periodo de evaluación de la categoria actual (ventanas de observación). Hacer notar que los productos ya evaluados no podrán ser considerados en una nueva postulación.
Son editoriales que carecen de procesos de evaluación por pares claros o verificables, o que presentan información engañosa sobre su indexación. Publicar en ellas afecta la postulación, ya que estas obras no son admisibles (Anexo 1, 4.3.5). La Universidad realizará una validación y, de ser el caso, rechazará la obra. Para una explicación detallada, consulte la guía especializada de la Biblioteca Digital en: https://up-mx.libguides.com/c.php?g=1483047&p=11200238
